Los Precios de Transferencia en Brasil. Brasil, a pesar de ser una de las mayores economías en el mundo, históricamente se había rehusado a la adoptación de los lineamientos y directrices de precios de transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). El país implementó su sistema propio de precios de transferencia y creó sus propias reglas.
La creciente desconexión en el tratamiento de los precios de transferencia al tener un sistema propio entre Brasil respecto del contexto internacional, ha dado lugar a frecuentes situaciones de doble imposición, perjudicando a la economía del país por la falta de seguridad jurídica para los potenciales inversores, además de ser ampliamente criticado y cuestionado por diferir de la práctica internacional adoptada por muchos países e, incluso, ha ocasionado perjuicios para el país en materia económica.
En América Latina, cuatro países forman parte de la OCDE: Chile, Costa Rica, Colombia y México.
En 2017, Brasil solicitó formalmente convertirse en miembro de la OCDE y, como parte del proceso, la OCDE y el Servicio de Ingresos de Brasil (SIB) lanzaron, en conjunto, un extenso programa de trabajo con el objetivo de estudiar las diferencias y similitudes de las Reglas Brasileñas de Precios de Transferencia y los lineamientos de Precios de Transferencia de la OCDE.
Uno de los principales retos, es la adecuación de las reglas brasileñas de Precios de Transferencia a los estándares de la OCDE y en los últimos 5 años los esfuerzos para esta adecuación se han visto potencializados.
El 6 de diciembre de 2022 se aprobaron por el Congreso determinadas modificaciones en la Ley del Impuesto sobre Sociedades que afectan, entre otros aspectos, a la normativa de precios de transferencia y que entraron en vigor el 1 de enero de 2023.
Modificaciones aprobadas:
- En el supuesto de que como consecuencia de una inspección de Precios de Transferencia, la Administración tributaria, practique un ajuste de precios de transferencia, este se realizará considerando la mediana con base en el correspondiente análisis económico que justifique la valoración de las operaciones vinculadas.
- Aquellas operaciones vinculadas sujetas a documentación por importe menor a 10.000 euros, o 50.000 euros para el principal de un préstamo, no tendrán la obligación de documentarse al considerarse como inmateriales.
- Se permite que los contribuyentes presenten la documentación de precios de transferencia en un idioma extranjero, aunque posteriormente la Administración pueda solicitar la traducción de esta.
- La normativa incluye una mención expresa a las Directrices en materia de precios de transferencia de la OCDE.

El 29 de diciembre de 2022, el gobierno brasileño emitió un decreto presidencial para alinear las reglas de precios de transferencia de Brasil, muy particulares y específicas, con el estándar del principio de plena competencia aplicado por la OCDE.
La medida fue motivada por los recientes cambios en el código tributario de Estados Unidos, que ya no reconoce los impuestos pagados en Brasil como un crédito debido a las desviaciones del principio de plena competencia en el sistema de Precios de Transferencia de Brasil.
Dicho decreto presidencial tiene efecto legal desde su emisión. Sin embargo, se trata de una medida temporal con validez por 60 días, renovable por otro periodo de 60 días y que solo será definitiva si es aprobada por el Congreso brasileño antes de que transcurran 120 días desde su emisión. A pesar de esto, se espera que la medida se convierta en definitiva mediante la consiguiente aprobación por el Congreso, dado que el gobierno actual, al día de hoy, no se ha manifestado en contra de la nueva regulación, por lo que el fin del sistema brasileño de precios de transferencia podría encontrarse a la vuelta de la esquina.
Nuestras Recomendaciones
Nuestra recomendación será que las empresas brasileñas se preparen adecuando sus políticas de Precios de Transferencia a los lineamientos de la OCDE.
Podemos ayudarte en el diseño e implementación de Políticas de Precios de Transferencia.
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