De acuerdo al artículo 76, fracción IX, de la Ley del Impuesto Sobre La Renta, los contribuyentes están obligados a obtener y conservar la documentación comprobatoria donde se cumpla el principio de plena competencia. Sin embargo, existen declaraciones informativas de precios de transferencia que ciertos contribuyentes deben de presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Declaraciones informativas de precios de transferencia:

  • Anexo 9 de la Declaración Informativa Múltiple
  • Apartado 15 y 16 de Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF).
  • Apartado 16 y 17 del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED)
  • Informe Local de Partes Relacionadas
  • Informe Maestro
  • Informe País por País

Dependiendo el caso de cada contribuyente, puede que le apliquen o no alguna de las obligaciones anteriormente enlistadas.

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Supuestos en que aplican estas obligaciones:

Obligación¿Quién está obligado?
Anexo 9 de la DIMContribuyentes que hayan celebrado operaciones intercompañía (ya sean partes relacionadas, domésticas o extranjeras) durante el ejercicio fiscal a reportar y que tengan ingresos acumulables en el ejercicio fiscal anterior mayores a $13,000,000, así como los contribuyentes cuyos ingresos derivados de prestación de servicios profesionales hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.
Apartado 15 y 16 ISSIFPersonas Morales que hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $904,215,560 y que no hayan optado por dictaminarse.
Anexo 16 y 17 SIPREDPersonas Morales que hayan optado o estén obligadas a dictaminarse bajo los términos de los párrafos primero y segundo del Articulo 32-A de CFF.
Informe Local de Partes RelacionadasPersonas Morales que hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $904,215,560 y/o las Personas Morales que sean partes relacionadas de contribuyentes que estén obligados a dictaminarse por superar $1,650,490,600 de ingresos acumulables en el EF inmediato anterior (todas las partes relacionadas presentan local file).
Informe MaestroPersonas Morales que hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $904,215,560 y/o las Personas Morales que sean partes relacionadas de contribuyentes que estén obligados a dictaminarse por superar $1,650,490,600 de ingresos acumulables en el EF inmediato anterior(se podrá presentar de manera conjunta una sola Declaración “Master File” por grupo empresarial multinacional y/o nacional).
Informe País por PaísPersonas morales controladoras del Grupo internacional y que hayan obtenido en el ejercicio inmediato anterior ingresos consolidados para efectos contables equivalentes o superiores a doce mil millones de pesos.

Nuestras Recomendaciones

Se recomienda ampliamente anticipar la elaboración de la documentación para el llenado de estas declaraciones informativas para estar en posibilidad de hacer frente para el adecuado cumplimiento de las obligaciones.

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